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Artículo 1 de la Ley 8.929

Declara de utilidad publica y autoriza al presidente de la república para expropiar la casa ubicada en santiago, que pertenecio a don benjamin vicuña mackenna, y terrenos adyacentes, para constituir, en homenaje a su memoria, un museo nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25868 · idParte: 9991684

Texto oficial

"Artículo 1.o Declárase de utilidad pública y autorízase al Presidente de la República para expropiar la casa que perteneció a don Benjamín Vicuña Mackenna, ubicada en la Avenida de su nombre, número 92, de esta ciudad, y los terrenos adyacentes, que forman parte de la propiedad de don Sergio Figueroa Arrieta, a fin de constituir en ellos un museo nacional en homenaje a la memoria del eminente ciudadano don Benjamín Vicuña Mackenna. Los deslindes de la propiedad a que se refiere el inciso anterior son: Al Norte, edificio de departamentos de don Cecilio Molleda; al Sur, calle nueva con salida diagonal a Rancagua y Parque Bustamante; al Oriente, lote N.o 3 de la manzana residencial de propiedad de don Sergio Figueroa Arrieta, y al Poniente, con la Avenida Vicuña Mackenna.