Texto oficial
Artículo 2.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Agrega el parrafo que indica como inciso final del articulo 214 del código orgánico de tribunales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25882 / 7172405.