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Artículo UNICO de la Ley 10.717 · Concede a doña elcira cordovez una pension mensual cuyo monto indica

Concede a doña elcira cordovez una pension mensual cuyo monto indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258903 / 7337536.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Elcira Cordovez Aguirre viuda de Duplaquet, una pensión mensual de un mil pesos ($ 1.000). El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.