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Artículo UNICO de la Ley 10.721 · Concede a doña honoria aguila vda. de marquez una pension mensual cuyo monto indica

Concede a doña honoria aguila vda. de marquez una pension mensual cuyo monto indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258907 / 7337548.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia a doña Honoria Aguila, viuda del Cónsul Particular de Elección en Paranaguá, don Arturo Márquez Velásquez, y a sus hijas solteras o viudas, una pensión de $ 1.000 mensuales, con derecho a acrecer. El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".