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Artículo UNICO de la Ley 10.722 · Concede a doña ines arevalo vda. de herrera una pension mensual cuyo monto indica

Concede a doña ines arevalo vda. de herrera una pension mensual cuyo monto indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258908 / 7337551.

Texto oficial

Artículo único. Concédese por gracia, a doña Inés Arévalo viuda de Herrera, una pensión de un mil pesos mensuales. El gasto que importe el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".