Texto oficial
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex subteniente de Carabineros don Rómulo Carrasco Molina, una pensión mensual de un mil pesos ($ 1.000).
El gasto que significa el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.