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Artículo 18 de la Ley 9.687

Aprueba planta para el personal de la contraloría general de la república y adopta las medidas que indica en relación con dicho servicio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258962 / 7337815.

Texto oficial

Artículo 18. La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial", pero los ascensos de grado que se otorga al personal de la Contraloría General de la República regirán desde el 1.o de Mayo de 1950.