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Artículo 9 de la Ley 9.938

Fija porcentajes en la distribucion del impuesto que indica para la adquisicion de terrenos para aerodromos y construccion de caminos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258967 / 8844330.

Texto oficial

Artículo 9.o Por decreto supremo que se dictará previo informe de la Dirección General de Obras Públicas, se fijará la prelación de los trabajos y calidad del pavimento de las obras que se construyan.