Texto oficial
Artículo 1°.- Suprímese la letra c) del artículo 7° de la ley N° 8,047, de 9 de Enero de 1945.
Suprime la letra c del articulo 7° de la ley n° 8,047
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25917 / 8278505.