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Artículo 2 de la Ley 9.127

Autoriza enajenacion en publica subasta de terrenos fiscales ubicados en la ciudad de osorno y de la demolicion de las construcciones en ellos existentes, a fin de destinar su producido a la edificacion de un local para el liceo de niñas de esa ciudad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25930 / 5966377.

Texto oficial

Artículo 2°.- Los fondos que produzca la enajenación que se autoriza en el artículo precedente se destinarán a ser invertidos en la construcción del nuevo edificio para el Liceo de Niñas de la misma ciudad.