Texto oficial
Artículo 2°.- Los fondos que produzca la enajenación que se autoriza en el artículo precedente se destinarán a ser invertidos en la construcción del nuevo edificio para el Liceo de Niñas de la misma ciudad.
Autoriza enajenacion en publica subasta de terrenos fiscales ubicados en la ciudad de osorno y de la demolicion de las construcciones en ellos existentes, a fin de destinar su producido a la edificacion de un local para el liceo de niñas de esa ciudad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25930 / 5966377.