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Artículo 2 de la Ley 9.159

Autoriza a la municipalidad de arica para transferir al fisco un bien raiz cuyas caracteristicas indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25946 / 8278531.

Texto oficial

Artículo 2°.- La presente donación no estará sujeta al trámite de la insinuación de que trata el artículo 1,401 del Código Civil y quedará sin efecto si se cambian el destino señalado del inmueble.