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Artículo 2 de la Ley 20.174 · Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorio

Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 259774 / 8498559.

Texto oficial

Artículo 2º.- La provincia de Valdivia comprende las comunas de: Valdivia, Mariquina, Lanco, Los Lagos, Corral, Máfil, Panguipulli y Paillaco. Su capital es la ciudad de Valdivia. Créase la provincia del Ranco, que comprende las comunas de: La Unión, Futrono, Río Bueno y Lago Ranco. Su capital es la ciudad de La Unión.