Texto oficial
Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en la ley Nº 18.700, Orgánica
Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios:
1) Sustitúyese en el artículo 180 el punto y coma (;)
que sigue a la expresión "Bíobío" por una coma (,) y
agrégase la conjunción "y", y elimínase la oración "y X,
de Los Lagos,".
2) Introdúcense las siguientes modificaciones en el
artículo 181:
a) Reemplázase en el párrafo referido a la
circunscripción 16ª la frase "constituida por los
distritos electorales Nºs 53, 54 y 55 de la X Región, de
Los Lagos;", por las expresiones: "constituida por la XIV
Región, de Los Ríos;", y
b) Sustitúyese en el párrafo referido a la
circunscripción 17ª la frase "constituida por los
distritos electorales Nºs 56, 57 y 58 de la X Región, de
Los Lagos;", por las expresiones: "constituida por la X
Región, de Los Lagos;".