Texto oficial
Artículo 9º.- Reemplázase, en el artículo 12 de la
ley Nº 18.846, la expresión "en un treinta por ciento en
favor de las demás municipalidades de la provincia de
Iquique, por iguales partes;", por la frase "en un treinta
por ciento en favor de las municipalidades de la provincia
del Tamarugal, por iguales partes;".