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Artículo 22 de la Ley 9.334

Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones, para presidente de la republica, senadores, diputados y regidores.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26022 / 9101678.

Texto oficial

Artículo 22. El número que debe corresponder a cada lista se determinará por el Conservador respectivo, atendiendo al orden de presentación de las distintas listas respecto de los mismos cargos, salvo que los representantes de ellas se pusieren unánimemente de acuerdo para indicar otro al Conservador.