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Artículo 201 FINAL de la Ley 9.334

Fija el texto definitivo de la ley general de elecciones, para presidente de la republica, senadores, diputados y regidores.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26022 · idParte: 9101935

Texto oficial

Artículo final. La presente Ley General de Elecciones para las elecciones de Presidente de la República, de Senadores y Diputados al Congreso Nacional y de Regidores Municipales, substituye la ley N.o 6.834 de Elecciones, promulgada por Decreto Supremo N.o 944 de 17 de Febrero de 1941, y en lo que se refiere a la elección de Regidores, los títulos I y IV al VI, inclusives de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades, modificadas ambas por la ley N.o 8,987, de 2 de Septiembre de 1948.