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Artículo 72 de la Ley 9.342 · Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26027 / 8999568.

Texto oficial

Artículo 72.- No son embargables: 1º.- El producto de los empréstitos contraídos por dichas Corporaciones para la ejecución de una obra determinada, sino para responder de deudas contraídas con ocasión de esa misma obra; 2º.- Las rentas afectas al servicio de los empréstitos autorizados por leyes especiales, y 3º.- Los bienes raíces y muebles que estuvieren destinados al servicio de una repartición municipal.