Texto oficial
CAPITULO X
De la Administración de Justicia de Policía
Local
Artículo 120.- La Administración de la Justicia de Policía Local se regirá por ley especial.
Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26027 / 8999616.