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Artículo UNICO de la Ley 9.348 · Rehabilita en su calidad de chileno a don alberto peña contreras

Rehabilita en su calidad de chileno a don alberto peña contreras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26031 / 8278721.

Texto oficial

Artículo único.- Rehabilítase en su calidad de chileno a don Alberto Peña Contreras, quien perdió su nacionalidad en virtud de lo dispuesto por el N° 1 del artículo 6° de la Constitución Política del Estado. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.