Texto oficial
Art. 10. El nombramiento de estos Conservadores se efectuará en conformidad a las disposiciones para la designación de los Notarios en el decreto-ley número 407, sobre Arancel y Organización del Servicio Notarial en el país.
Decreto con fuerza de ley n.o 247
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 260323 / 9053979.