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Artículo 12 del Decreto Con Fuerza de Ley 247

Decreto con fuerza de ley n.o 247

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 260323 / 9053981.

Texto oficial

Art. 12. Los impuestos con que el decreto ley número 119, de 30 de Abril del presente año, gravaba al Conservador de Bienes Raíces de Santiago, se pagarán por los tres Conservadores que establece este decreto con fuerza de ley, con arreglo a los que el mismo decreto-ley, o las disposiciones que lo modifiquen, fijen para los Conservadores de simple departamento.