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Artículo UNICO de la Ley 9.353

Libera de todo derecho la internacion del material que señala, destinado al cuerpo de bomberos de los lagos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26034 / 5966948.

Texto oficial

Artículo único.- Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto número 2,772, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuestos a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución, a una sirena eléctrica de incendio para corriente alterna, trifásica, 220-380 volts, 50 períodos, motor 4 HP., doble cabeza, destinada al Cuerpo de Bomberos de Los Lagos, y que llegó en el vapor "Sarmiento". Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".