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Artículo UNICO de la Ley 9.417 · Autoriza a la municipalidad de temuco para erigir el monumento que señala

Autoriza a la municipalidad de temuco para erigir el monumento que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26083 / 8278782.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Temuco para erigir, por suscripción popular, un monumento destinado a perpetuar la memoria del distinguido ingeniero y servidor público don Teodoro Schmidt Weichssel. La Municipalidad de Temuco ordenará los estudios pertinentes y la ubicación del referido monumento. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.