Texto oficial
Artículo 2.o Facúltase a la Caja Nacional de Ahorros
para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley,
para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas
de sus leyes orgánicas o reglamentos.
Autoriza a la municipalidad de los lagos para contratar prestamos hasta por la suma que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261028 / 8846568.