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Artículo 2 de la Ley 10.839

Autoriza a la municipalidad de los lagos para contratar prestamos hasta por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261028 / 8846568.

Texto oficial

Artículo 2.o Facúltase a la Caja Nacional de Ahorros para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus leyes orgánicas o reglamentos.