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Artículo 1 de la Ley 9.453

Autoriza al presidente de la república para efectuar la venta del inmueble que indica, ubicado en washington, d. c., estados unidos de n. a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26103 / 5967236.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para que, representado por el Embajador de Chile en los Estados Unidos de América, o a falta de él, por el Encargado de Negocios, venda el inmueble de propiedad del Estado de Chile, ubicado en la Avenida Florida N° 2154, de la ciudad de Washington, D. C. El precio de venta no podrá ser inferior a quince mil dólares (US$ 15.000).