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Artículo UNICO de la Ley 10.844 · Concede el derecho que indica a don alfredo letelier fuenzalida

Concede el derecho que indica a don alfredo letelier fuenzalida

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261037 / 7342483.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Alfredo Letelier Fuenzalida, Director Abogado del Servicio de Cobranza Judicial de Impuestos, el derecho a jubilar con el total de las remuneraciones que perciba en el cargo que desempeñe, como asimismo a recibir el desahucio con relación a dicho monto. El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a la cuenta Fondo de Seguro Social de Empleados Públicos.