Texto oficial
Artículo 2.o Autorízase al Presidente de la República para que, considerando el abono de servicios de que trata el artículo anterior, expida una nueva pensión de montepío a doña Clotilde Valenzuela Morales viuda de Cifelli, tomando como base la renta de un Capitán de Corbeta Piloto, en servicio activo, con más de 30 años de servicios, debiendo la referida pensión regirse por las disposiciones del decreto con fuerza de ley N.o 3,743, de 26 de Diciembre de 1927.