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Artículo UNICO de la Ley 10.861

Aumenta a la suma que indica la pension de que actualmente disfruta doña demofila menares viuda de godoy

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261077 / 8432312.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a la cantidad de veinticuatro mil pesos anuales, la pensión de que actualmente disfruta doña Demofila Menares, viuda del Teniente de Ejército de la Campaña de 1891 don Luis A. Godoy. El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el 'Diario Oficial'.