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Artículo 1 de la Ley 9.493 · Modifica la ley numero 8,569, que creo la caja bancaria de pensiones

Modifica la ley numero 8,569, que creo la caja bancaria de pensiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26111 / 5967286.

Texto oficial

"Artículo 1.o. Agrégase, como inciso tercero al artículo 71 de la ley N.o 8,569, que creó la Caja Bancaria de Pensiones el siguiente: "Para los efectos de lo dispuesto en los incisos anteriores, los imponentes tendrán derecho a que se les abone un año por cada período completo de seis años servidos en la provincia de Magallanes a las instituciones a que se refiere esta ley".