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Artículo 2 de la Ley 9.496

Otorga a la congregacion religiosa que señala el uso gratuito de un terreno ubicado en antofagasta, cuyos deslindes indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26113 · idParte: 5967296

Texto oficial

Artículo 2°.- La concesión a que se refiere el artículo anterior será por tiempo indefinido y mientras la congregación religiosa citada mantenga en los terrenos concedidos la Casa Correccional de Mujeres que funciona actualmente en ellos.