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Artículo UNICO de la Ley 9.544

Abona en la hoja de servicios del juez de letras del primer juzgado de iquique, don ricardo concha sandoval, el tiempo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26123 / 5967336.

Texto oficial

"Artículo único.- Abónanse, por gracia, y para los efectos de su jubilación, en la hoja de servicios del Juez de Letras del Primer Juzgado de Iquique, don Ricardo Concha Sandoval, ocho años y tres meses que prestó servicios en la educación particular. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".