Texto oficial
Artículo 2°.- El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al superávit del Ejercicio Financiero correspondiente al año 1948".
Autoriza entregar a la universidad de chile la suma que indica para los fines que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26132 / 5967360.