Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 9.557

Declara que la caja nacional de ahorros es una institucion semifiscal que se administra en las condiciones que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26136 / 5967369.

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase que la Caja Nacional de Ahorros es una institución semifiscal que se administra conforme a las disposiciones de su ley orgánica N° 6,811, y que no le son ni le han sido aplicables los preceptos limitativos o prohibitivos contenidos en leyes de carácter general que afectan a otras instituciones semifiscales, como el artículo 20 de la ley 8,918 y el artículo 10 de la ley 8,937 y demás modificaciones. Sin perjuicio de lo anterior, el personal de la Caja Nacional de Ahorros continuará disfrutando del beneficio indicado en los artículos 58 y 59 de la ley 7,295; pero los derechos sobre gratificaciones y asignaciones especiales devengados antes de la promulgación de esta ley y no pagados hasta la fecha se entenderán irrevocablemente extinguidos".