Texto oficial
"Artículo 1.o. Autorízase para que de los fondos destinados a los fines previstos en el artículo 1.o, inciso a), de la ley N.o 6,488, de 10 de Enero de 1940, se inviertan, por una sola vez, los que fueren necesarios en la adquisición de un bien raíz edificado, ubicado en Valparaíso, para el Departamento de Navegación e Hidrografía de la Armada Nacional.