Saltar al contenido

Artículo 59 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830339.

Texto oficial

Artículo 59.- El gasto que represente la aplicación de los artículos 17 y 18 de la presente ley, será de exclusivo cargo fiscal y se cargará lo mismo que el gasto que significan las demás disposiciones, a las mayores entradas que esta misma ley consulta.