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Artículo UNICO de la Ley 9.979

Agrega inciso al articulo 3° del decreto 4.363, de 30 de junio de 1931, del ministerio de tierras, que fijo el texto definitivo de la ley de bosques.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26273 / 8857151.

Texto oficial

"Artículo único. Agrégase el siguiente inciso al artículo 3.° de la Ley de Bosques, cuyo texto se fijó por decreto supremo N.° 4,363, de 30 de Junio de 1931, del Ministerio de Tierras y Colonización: La exención de impuestos a que se refiere el presente artículo comprende los de Tercera Categoría, el Global Complementario de la Ley de Impuestos a la Renta y el de Herencias".