Texto oficial
Artículo único. Suprímese en el artículo transitorio de la ley N.o 9,741, de 9 de Noviembre de 1950, la siguiente frase que figura al final del inciso primero:
"a su vigencia".
Modifica la ley 9,741, relacionada con obreros de los servicios de explotacion de puertos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26290 / 7172842.