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Artículo 80. Generalidades.
En este artículo se establecen los requisitos
generales que se deberán cumplir en el desarrollo de las
actividades señaladas en el artículo anterior relacionadas
con sistemas de evacuación de gases producto de la
combustión, ya sean, en circuito abierto y estanco, tiro
natural y forzado, individuales y colectivos, entre otras,
las condiciones generales que deberán cumplir los conductos
de evacuación, dispositivos y accesorios que se deberán
utilizar en la construcción de tales sistemas, desde la
conexión al collarín del artefacto a gas hasta la salida
al aire exterior de los inmuebles, incluyendo el sombrerete.
80.1 Sombreretes.
80.1.1 Diseño.
El diseño del sombrerete deberá considerar, al menos,
los siguientes requisitos:
a) Facilitar la dispersión de los gases producto de
la combustión en la atmósfera o espacio exterior.
b) Disminuir la influencia adversa del viento en el
normal funcionamiento del conducto de evacuación de gases
producto de la combustión al cual presta servicio.
c) Impedir la introducción de aguas lluvia,
materiales, insectos o animales que puedan obturar el
conducto de evacuación de gases producto de la combustión
al cual presta servicio.
80.1.2 Tipos.
Entre los diferentes tipos de sombreretes se pueden
señalar los siguientes, sin que ello signifique que sólo
se deberán utilizar éstos.
a) Sombrerete sencillo.
Este se ilustra en la Figura 29. Sombrerete
sencillo., en la cual, se muestran las dimensiones y las
relaciones entre éstas.
.
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 29. Sombrerete sencillo.
b) Sombrerete H.
Este se ilustra en la Figura 30. Sombrerete H., en
la cual, se muestran las dimensiones y las relaciones entre
éstas.
c) Sombrerete aspirador estacionario.
El propósito de éste es prevenir que el viento y
su orientación afecten adversamente el tiraje del conducto
a que presta servicio, el cual se ilustra en la Figura 31.
Sombrerete aspirador estacionario., junto sus dimensiones y
las relaciones de éstas.
.
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 30. Sombrerete H.
80.1.3 Ubicación de los terminales del conducto de
evacuación y sombrerete.
a) Los terminales y sombreretes de los conductos de
evacuación de gases producto de la combustión, para
artefactos a gas, nuevos o de reemplazo, se deberán ubicar
de modo tal que tales gases se dispersen en forma segura,
según se establece en esta sección.
b) Los terminales de conductos individuales, que no
necesiten conducto técnico, se deberán ubicar a las
distancias que se establecen en los siguientes literales,
b.1, b.2 y b.3.
b.1 Caso de techumbre inclinada: Figura 32.
Techumbre - Ubicación del terminal del
conducto y sombrerete a 3 (m) o menos del
caballete y Figura 33. Techumbre -
Ubicación del terminal del conducto y
sombrerete a más de 3 (m) del caballete.
b.2 Caso de techumbre plana: Figura 34.
Techumbre - Ubicación del terminal del
conducto y sombrerete a tres (3) metros o
menos de un muro o antepecho. y Figura 35.
Techumbre - Ubicación del terminal del
conducto y sombrerete a más de tres (3)
metros de un muro o antepecho.
b.3 Caso de techumbre plana con muros
circundantes: Figura 36. Techumbre plana
con muros circundantes - Ubicación del
Terminal del Conducto y Sombrerete. Cuando
el terminal del conducto está sobre una
techumbre plana, cubierta o terraza, y se
encuentra circundado por muros, o
elementos que actúan como muros, entre
otros, sala de máquinas, se deberán
cumplir las distancias establecidas en la
citada Figura 36, considerando los planos
imaginarios que se tracen a 45º desde el
muro o elemento correspondiente.
.
Figura 31. Sombrerete aspirador estacionario.
c) Para el caso de conductos individuales, instalados
por el interior de un edificio colectivo, cuyo montaje se
deberá hacer a través de un conducto técnico, el terminal
de tales conductos deberá sobrepasar el extremo de este
último, llegando hasta la altura de la base de la primera
abertura de la celosía del sombrerete y evacuar
directamente los gases producto de la combustión hacia un
único sombrerete, según se muestra en la Figura 37.
Alternativa en Extremo de la Salida de Conductos
Individuales o Colectivos y Sombrerete en un Sistema de
Circuito Abierto de Tiro Natural.
80.2 Conductos técnicos.
La envolvente del conducto técnico deberá poseer las
características de resistencia al fuego de al menos los
siguientes valores:
80.2.1 Clase F60, en edificios hasta 4 pisos;
80.2.2 Clase F90, en edificios de 5 y 6 pisos;
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 32. Techumbre– Ubicación del Terminal del
Conducto y Sombrerete a tres (3) metros o menos del
Caballete.
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 33. Techumbre – Ubicación del Terminal del
Conducto y Sombrerete a más de tres (3) metros del
Caballete.
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter
ilustrativo.
Figura 34. Techumbre – Ubicación del Terminal del
Conducto y Sombrerete a tres (3) metros o menos de un Muro o
Antepecho.
NOTA. 1.No se requiere una altura sobre el antepecho cuando
la distancia desde los muros o antepecho es mayor a tres (3)
metros.
2.Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 35. Techumbre – Ubicación del Terminal del
Conducto y Sombrerete a más de tres (3) metros de un Muro o
Antepecho.
NOTA. 1.Cuando la cubierta se utiliza como terraza con
acceso de público, esta distancia deberá ser de al menos
1,8 metros.
2.Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 36. Techumbre Plana con Muros Circundantes –
Ubicación del Terminal del Conducto y Sombrerete.
Nota. Los dibujos tienen sólo un carácter ilustrativo.
Figura 37. Alternativa en Extremo de la Salida de
Conductos Individuales o Colectivos y Sombrerete en un
Sistema de Circuito Abierto de Tiro Natural.
80.2.3 Clase F120, en edificios de 7 y más pisos.
Tales características se deberán determinar según
las normas oficiales chilenas “NCh935/1.Of1977” y
NCh2423/1.Of2001 Artefactos a gas - Condiciones de
instalación - Parte 1: Especificaciones para la evacuación
de gases de la combustión en circuito abierto y tiro
natural - Anexo A, o las disposiciones que las reemplacen.
80.3 Aislamiento térmico.
80.3.1 Materiales.
Los aislantes térmicos que según diseño, se instalen
alrededor de los conductos de evacuación de gases producto
de la combustión, deberán cumplir, con al menos las
siguientes características:
a) Resistir temperaturas de hasta 300 (ºC).
b) Ser no combustible, antiinflamable,
imputrescible, impermeable e insoluble al agua.
c) Tener resistencia al ablandamiento, fundición,
cambio en su estructura física, disgregación en
el tiempo o formas de degradación equivalentes.
d) Tener resistencia al aumento de la
conductividad térmica con el aumento de la
temperatura de operación.
e) Ante un eventual contacto con fuego, no deberán
emitir gases tóxicos.
80.3.2 Selección del aislante.
Para la elección y determinación del espesor del
recubrimiento aislante de un conducto individual o
colectivo, se deberá tener en consideración, al menos, lo
siguiente:
a) La máxima temperatura de trabajo del conducto en
el tramo correspondiente.
b) Las características de conductividad térmica del
material que se emplee.
80.3.3 Instalación del aislante.
En la aplicación o colocación del material aislante
seleccionado se deberán tener en cuenta los siguientes
aspectos:
a) El sistema de fijación, al conducto de evacuación
de gases producto de la combustión, deberá tener un
diseño que le permita al material aislante soportar su
propio peso.
b) Un sello o sistema equivalente que proteja el
material de efectos adversos en la durabilidad o la
capacidad aislante, producidos por la humedad o lluvia.