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Artículo 10 de la Ley 10.309 · Fija plan de construccion, transformacion, etc., de establecimientos carcelarios

Fija plan de construccion, transformacion, etc., de establecimientos carcelarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26335 / 7172925.

Texto oficial

Artículo 10.o La aprobación de los proyectos de construcción de obras incluidas en el plan a que se refiere el artículo 1.o y la autorización para pedir propuestas públicas se harán previo informe de las Direcciones Generales de Prisiones y de Obras Públicas, por simple orden interna administrativa que firmaren los Ministros de Justicia y Obras Públicas y Vías de Comunicación y se enviará copia autorizada de esta orden a la Contraloría General de la República.