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Artículo 4 transitorio de la Ley 10.317 · Fija la planta del personal dependiente de la direccion del litoral

Fija la planta del personal dependiente de la direccion del litoral

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26341 / 7172951.

Texto oficial

Artículo 4.o Las Cajas de Previsión que actualmente tengan imposiciones del personal afecto a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, ya sea por servicios prestados con anterioridad a la presente ley en el servicio activo de la Armada Nacional, Marina Mercante, etc., deberán reintegrarlas a ésta en el término de 90 días.