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Artículo 37 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173001.

Texto oficial

Artículo 37. Las facultades y obligaciones que esta ley señala para el Jefe del Subdepartamento de Registro, se hacen extensivas al Subjefe de Registro, en las materias que el Contralor indique por resolución, conservando el jefe de Registro la supervigilancia del Subdepartamento.