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Artículo 64 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173030.

Texto oficial

Artículo 64. Todos los empleados de las oficinas sujetas a la fiscalización de la Contraloría estarán obligados a prestar declaración ante los delegados, en los casos que sean requeridos, y si no lo hicieren serán suspendidos de sus empleos, sin perjuicio de la responsabilidad que les afecte.