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Artículo 106 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173074.

Texto oficial

Artículo 106. El Subcontralor deberá proponer al Contralor la adopción de las medidas de apremio o disciplinarias que sean procedentes dentro de la tramitación de los juicios de que deba conocer.