Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 10.343

Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098521.

Texto oficial

Artículo 5°. Fíjase en la cantidad de $ 600.000 anuales la renta del Presidente de la República y en $ 468.000 anuales la de los Ministros de Estado.