Saltar al contenido

Artículo 116 de la Ley 10.343

Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098631.

Texto oficial

Artículo 116. El personal de la Contraloría General de la República tendrá un aumento de un grado o categoría, a excepción del Contralor General y del Subcontralor. Estos aumentos de grado o categoría regirán desde la fecha de publicación de la presente ley.