Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 10.383 · Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26387 / 8424998.

Texto oficial

Artículo 7.o Las prestaciones en dinero establecidas en la presente ley son incompatibles entre sí y el beneficiario deberá optar por una de ellas. Se exceptúan: a) La cuota mortuoria; b) El goce simultáneo del auxilio de lactancia que determina el inciso segundo del artículo 32.o y del subsidio que fijan los artículos 27 y 28; c) El goce simultáneo de pensión de viudez o de invalidez parcial y el de subsidios; en el caso de pensión de invalidez parcial, el subsidio es compatible únicamente si se basa en imposiciones que correspondan a salarios ganados después de la fecha inicial de dicha pensión.