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Artículo 58 de la Ley 10.383 · Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26387 / 8425061.

Texto oficial

Artículo 58. El Servicio de Seguro Social podrá encargar a los Servicios de Correos, los cuales estarán obligados a hacerlo, la venta de estampillas destinadas al pago de las imposiciones, debiendo entregar al Servicio, quincenalmente, los valores recibidos. Queda prohibido la venta de estampillas a las personas no autorizadas expresamente por el Servicio para venderlas, aunque tales personas sean funcionarios del propio Servicio o de Correos.