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Artículo 64 de la Ley 10.383 · Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26387 / 8425069.

Texto oficial

Artículo 64. El Presidente de la República podrá disponer, cuando las circunstancias lo aconsejen, la incorporación al Servicio Nacional de Salud de otros servicios fiscales, semifiscales o municipales de carácter médico y asistenciales.