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Artículo UNICO de la Ley 10.395

Rectifica suma consultada en el articulo 109 de la ley n.o 10,343, relativa a sueldos del personal de la biblioteca del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26394 / 8533221.

Texto oficial

"Artículo único. Declárase que la cantidad consultada en el artículo 109 de la ley N.o 10,343, para el reajuste de los sueldos del personal de la Biblioteca del Congreso Nacional es de $ 1.680.000 y no de $ 1.600.000, como erróneamente aparece en su texto. El mayor gasto que significa esta ley se financiará con las entradas señaladas en la misma ley N.o 10,343 y su vigencia será igualmente la misma".