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Artículo 71 del Decreto Con Fuerza de Ley 251

Aprueba el texto refundido de la ley del banco del estado de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264019 / 7351468.

Texto oficial

Artículo 71.o Las disposiciones del decreto con fuerza de ley N.o 68, de 1.o de Febrero de 1960, no serán aplicables al Banco del Estado de Chile.